domingo, 22 de julio de 2018

Cuerpos que importan: ¿Judith Butler lectora de Kierkegaard?



Judith Butler escribe "El género en llamas: cuestiones de apropiación y subversión", un interesante capítulo de su libro Cuerpos que importan. Sobre los límites materiales y discursivos del "sexo" (Buenos Aires, Paidós, 2002), en el que analiza largamente la película de Jennie Livingston Paris is burning. Butler empieza el capítulo con sendos epígrafes de Louis Althusser (Ideología y aparatos ideológicos del estado) y Friedrich Nietzsche (La genealogía de la moral). Es curioso que su análisis de la constitución del yo a partir de la interpelación de la voz de un otro que constituye el yo tenga un inconfundible aroma kierkegaardiano. Es probable que Althusser tomara estas ideas de Lacan, cuya filiación kierkegaardiana está largamnete acreditada. Butler conoce bien a Althusser y a Lacan. No puedo asegurar que también hay leído a Kierkegaard. En estos pasajes no se menciona.

Kierkegaard instala esta idea de la interpelación de la voz de un otro como constitutiva del yo en al menos dos de sus textos cruciales: en Temor y Temblor, del pseudónimo Johannes de Silentio, Abraham escucha el mandato de Dios de sacrificar a Isaac, a partir del cual puede asumir la posibilidad de constituirse como Padre de la Fe.

Más explícitamente el curso de pensamiento que va a ser retomado por Lacan (en el que luego se inspirarán sucesivamente Althusser y Butler), en El concepto de angustia el pseudónimo Vigilius Haufniensis comenta el pasaje del Génesis en el que Jehová comunica a Adán la prohibición de comer el fruto del árbol del saber del bien y del mal. Hasta ese momento Adán vivía en estado de inocencia, instancia que Vigilius interpreta como un no saber acerca de sus propias posibilidades. Al escuchar de Jehova que hay algo que no debe hacer, Adán no es posible que entienda de qué se trata eso que le ha sido prohibido, ya que aún no ha probado el fruto del saber. Pero sí comprende que hay algo que no debe hacer. Esta prohibición le permite ver su posibilidad de hacer eso que se le prohíbe. Una prohibición solo tiene sentido -cualquiera fuera el acto prohibido- si es posible llegar a hacer aquello que se me prohíbe. Así, dice Kierkegaard a través de su pseudónimo, el espíritu del hombre se despieta al descubrir su ser posible. Adán aún no sabe  en qué consiste el acto prohibido, pero advierte su posibilidad de cometerlo. Al percibir su posibilidad de obedecer o no la prohibición nace su angustia. Este es el texto:

"Todavía reina la inocencia en este momento, pero basta el sonido de una sola palabra para que se concentre inmediatamente la ignorancia. La inocencia, como es obvio, no puede entender esa palabra, mas la angustia ha hecho con ello, por así decirlo, su primera presa y ya posee en lugar de la nada una palabra enigmática. En este sentido, cuando en el Génesis se afirma que Dios dijo a Adán: «pero no comas del árbol de la ciencia del bien y del mal», es claro de todo punto que Adán no comprendió lo que significaban esas palabras. Pues, ¿cómo podía entender la distinción del bien y del mal, si tal distinción no existía para él antes de haber gustado el fruto del árbol prohibido?

"Si se supone, pues, que la prohibición es la que despierta el deseo, entonces tenemos ahí un saber en vez de la ignorancia, ya que Adán, necesariamente, tuvo que poseer un saber acerca de la libertad desde el momento en que había experimentado el deseo de usarla. Por consiguiente, ésta es una explicación a destiempo. No, la prohibición le angustia en cuanto despierta en él la posibilidad de la libertad. Lo que antes pasaba por delante de la inocencia como nada de la angustia se le ha metido ahora dentro de él mismo y ahí, en su interior, vuelve a ser una nada, esto es, la angustiosa posibilidad de poder. Por lo pronto, Adán no tiene ni idea de qué es lo que puede; en otro caso se supondría ciertamente —cosa que sucede con harta frecuencia— lo que viene después, a saber, la distinción entre el bien y el mal. Sin embargo, en tal estado primitivo sólo existe la posibilidad de poder como una forma superior de ignorancia y como una forma superior de angustia, ya que en cierto sentido más eminente cabe afirmar que en Adán hay y no hay esa posibilidad y que, en el mismo sentido, él la ama y le huye". [S. Kierkegaard, El concepto de la angustia, Cap I, 5]

A continuación, el fragmento de Judith Butler del capítulo, en que aplica estas nociones a su teoría del género:

El género en llamas: cuestiones de apropiación y subversión

Todos tenemos amigos que, cuando llaman a la puerta y nosotros, 
antes de abrir, preguntamos "¿Quién es?", responden (puesto que es obvio) 
"Soy yo". Y nosotros reconocemos que es él o ella [el resaltado es mío].
 LOUIS ALTHUSSER, Ideología y aparatos ideológicos del Estado

El propósito de la "ley" es absolutamente lo último a lo que hay que recurrir en la historia del origen de la ley: por el contrario, [...] la causa del origen de una cosa y su eventual utilidad, su empleo real y el lugar que ocupa en un sistema de propósitos son asuntos por completo separados; todo lo que existe, que de algún modo ha llegado a ser, se reinterpreta, se somete, se transforma 
y se redirige una y otra. vez al servicio de nuevos fines.
FRIEDRICH NIETZSCHE, La genealogía de la moral

En la noción de interpelación de Althusser es la policía quien inicia el llamado o la demanda por la cual un sujeto llega a constituirse socialmente. Existe el policía, quien no sólo representa la ley, sino cuya interpelación "Eh, usted" tiene el efecto de imponer la ley a la persona exhortada. Ese "individuo" que no se encuentra en una situación de infracción antes de que se lo interpele (para quien el llamado establece una determinada práctica como infracción) no es plenamente un sujeto social, no está plenamente sojuzgado, porque él o ella no ha sido aún amonestado. La reprimenda no se limita a reprimir o controlar al sujeto, sino que forma una parte esencial de la formación jurídica y social del sujeto. El llamado es formativo, si no ya performativo, precisamente porque inicia al individuo en la condición sojuzgada del sujeto.

Althusser conjetura que este "llamado de atención" o esta "interpelación" es un acto unilateral, es el poder y la fuerza que tiene la ley de imponer el temor al mismo tiempo que ofrece, a ese precio,  el reconocimiento. Mediante la reprimenda, el sujeto no sólo recibe reconocimiento sino que además alcanza cierto orden de existencia social, al ser transferido de una región exterior de seres indiferentes, cuestionables o imposibles al terreno discursivo o social del sujeto. Pero, esta sujeción, ¿se produce como efecto directo de la increpación o la enunciación misma debe ejercer el poder de imponer el temor al castigo y, partiendo de esa imposición, producir el acatamiento y la obediencia de la ley? ¿Hay otras maneras de ser interpelado y constituido por la ley? ¿Hay otras maneras de ocupar la ley y ser ocupado por ella que desarticulen el poder de castigo del poder de reconocimiento?

Althusser destaca la contribución hecha por Lacan a un análisis estructural de esta índole y sostiene que persiste una relación de desconocimiento entre la ley y el sujeto al que ésta obliga.1  Aunque se refiere a la posibilidad de que existan "sujetos malos", Althusser no considera la gama de desobediencias que podría producir una ley interpelante de este tipo. El sujeto no sólo podría rechazar la ley, sino también quebrarla, obligarla a una rearticulación que ponga en tela de juicio la fuerza monoteísta de su propia operación unilateral. Allí donde se espera la uniformidad del sujeto, donde se ordena la conformidad de la conducta del sujeto, podría producirse el repudio de la ley en la forma de un acatamiento paródico que cuestione sutilmente la legitimidad del mandato, una repetición de la ley en forma de hipérbole, una rearticulación de la ley contra la autoridad de quien la impone. Aquí lo performativo, la demanda que hace la ley en procura de producir un sujeto legal, provoca una serie de consecuencias que exceden y confunden lo que aparentemente es la intención de imponer disciplina que motiva la ley. De modo que la interpelación pierde su rango como simple performativo, un acto del discurso que tiene el poder de crear aquello a lo que se refiere y crea más de lo que estaba destinada a crear, un significante que excede a cualquier referente pretendido.

Este fracaso constitutivo de lo performativo, este deslizamiento entre el mandato discursivo y su efecto apropiado es lo que proporciona la ocasión y el índice lingüísticos de la desobediencia resultante. 

Considérese que el uso del lenguaje se inicia en virtud de haber sido llamado por primera vez con un nombre; la ocupación del nombre es lo que lo sitúa a uno, sin elección posible, dentro del discurso.  Este "yo", producido a través de la acumulación y la convergencia de tales "llamados", no puede sustraerse a la historicidad de esa cadena ni elevarse por encima de ella y afrontarla como si fuera un objeto que tengo por delante, que no soy yo misma sino sólo aquello que los demás hicieron de mí; porque ese distanciamiento o esa división producida por el entrelazamiento entre los llamados interpelantes y el "yo" que es su sitio, es invasivo, pero también posibilitador, es lo que Gayatri Spivak llama "una violación posibilitante". El "yo" que se opondría a su construcción siempre parte de algún modo de esa construcción para articular su oposición; además, el "yo" obtiene en parte lo que se llama su "posibilidad de acción" por el hecho mismo de estar implicado en las relaciones mismas de poder a las que pretende oponerse. En consecuencia, estar implicado en las relaciones de poder, más precisamente, estar capacitado por las relaciones de poder a las que el "yo" se opone, no es algo que pueda reducirse a las formas ya existentes de tales relaciones.

Podrá observarse que, al hacer esta formulación, coloco la palabra "yo" entre comillas, pero continúo estando aquí. Yo debería agregar que éste es un "yo" que produzco aquí para el lector en respuesta a cierta sospecha de que este proyecto teorético ha perdido a la persona, al autor, la vida; contra esta pretensión o, antes bien, en respuesta a haber sido llamada al sitio de tal evacuación, escribo que el hecho de poner el "yo" entre comillas como lo hago aquí bien puede ser esencial para reflexionar acerca de la ambivalencia constitutiva que implica estar constituido socialmente, si se entiende que el término "constitución" tiene tanto el sentido posibilitante como el violador de la palabra "sujeción". Si uno entra en la vida discursiva al ser llamado o interpelado en términos injuriosos, ¿cómo podría ocupar la interpelación que ya lo ha ocupado a uno para dirigir las posibilidades de resignificación contra los objetivos de violación?

Esto no equivale a censurar o prohibir el empleo del "yo" o del estilo autobiográfico como tal; por el contrario, este empleo sólo es posible mediante la indagación de las relaciones ambivalentes de poder. ¿Qué significa tener esos usos repetidamente incorporados en el propio ser, "mensajes implicados en el propio ser", como dice Patricia Williams, sólo para repetir esos usos de modo tal que la subversión pueda hacerse derivar de las condiciones mismas de violación? En este sentido, el argumento de que la categoría de "sexo" es el instrumento o el efecto del "sexismo" o su momento interpelante, de que el "género" sólo existe al servicio del heterosexismo,  no implica que nunca debamos hacer uso de tales términos, como si esos términos sólo y siempre pudieran reconsolidar los regímenes opresores de poder que los engendran. Por el contrario, precisamente porque tales términos han sido engendrados y limitados dentro de esos regímenes, deben repetirse en direcciones que inviertan y desplacen sus propósitos originarios. Uno no debe mantenerse a una distancia instrumental de los términos mediante los cuales se siente violado. Al dejarse ocupar por tales términos y ocuparlos, uno corre el riesgo de caer en la complicidad, la repetición, de recaer en el daño, pero ésta es también la oportunidad de elaborar el poder movilizador del ultraje, de una interpelación que uno nunca eligió. Cuando la violación puede entenderse corno un trauma que sólo puede inducir una compulsión-repetición destructiva (y seguramente ésta es una poderosa consecuencia de la violación), parece igualmente posible reconocer la fuerza de la repetición como la condición misma de una respuesta afirmativa a la violación. La compulsión a repetir un daño no es necesariamente la compulsión a repetirlo del mismo modo ni permanecer completamente dentro de la órbita traumática de ese daño. La fuerza de la repetición en el lenguaje puede ser la condición paradójica por la cual se hace derivar cierta posibilidad de acción -no vinculada con una ficción del yo como amo de la circunstancia de la imposibilidad de elección.

[...] La estructura temporal de tal sujeto es entrecruzada, en el sentido de que, en lugar de un "sujeto" sustancial o autodeterminante esta articulación de demandas discursivas es una especie de "encrucijada", para emplear el término de Gloria Anzaldúa,  una encrucijada de fuerzas discursivas culturales y políticas que, según ella misma afirma, no puede entenderse mediante la noción de "sujeto" 2. No hay ningún sujeto anterior a sus construcciones ni el sujeto está determinado por tales construcciones; siempre es el nexo, el no-espacio de una colisión cultural, en la que la demanda de resignificar o repetir los términos mismos que constituyen el "nosotros" no puede rechazarse sumariamente, pero donde tampoco puede acatarse en estricta obediencia. El espacio de esta ambivalencia es lo que da la posibilidad de reelaborar los términos mismos mediante los cuales se da O no se da la sujeción.

Postdata del editor de KBA: Como puede verse, la aplicación de los conceptos de interpelación fundante, posibilidad, constitución del yo y repetición son empleados por Butler en un contexto completamente diverso de las intenciones originales de Kierkegaard en El concepto de la angustia. Ello no obsta para advertir que la estructura de todo el dispositivo "interpelación-constitución del yo- posibilidad-repetición" sea no simplemente parecida a la planteada por Kierkegaard, sino totalmente idéntica.

Ilustración: Carmen Cuervo

NOTAS:
1 - Louis Althusser, Ideology and Ideological State Apparatusses, págs. 170-177; véase también "Freud and Lacan", en Lenin, págs. 189-220.
2 - Gloria Anzaldúa escribe: "ese punto focal °fulcro, esa coyuntura donde se sitúa la mestiza, es el lugar donde tienden a chocar los fenómenos" (pág. 79) Y luego, "la tarea de la conciencia de mestiza es derribar la dualidad sujeto-objeto que la mantiene prisionera" ("La conciencia de la mestiza", Borderlands La Frontera, pág. 80).